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Ley 8/2012 · Ley 8/2012, de 17 de mayo, del Consejo Económico y Social Vasco/Euskadiko Ekonomia eta Gizarte Arazoetarako Batzordea.

Ley 8/2012 Art. 2

CAPÍTULO I

En vigueurTexte officiel

Artículo 2. Naturaleza.

1. El Consejo constituye el ente consultivo del Gobierno Vasco y del Parlamento Vasco, a fin de hacer efectiva la participación de los distintos intereses económicos y sociales en la política económica y social del País Vasco.

2. El Consejo gozará de personalidad jurídica pública propia, distinta de la de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con plena capacidad para el ejercicio de sus funciones, en los términos de la presente ley.

3. El Consejo actúa con total autonomía e independencia del Gobierno Vasco y del Parlamento Vasco en el desarrollo de sus funciones.