Ley 11/2012 · Ley 11/2012, de 14 de junio, de Cajas de Ahorros de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Ley 11/2012 Art. 39
CAPÍTULO IX
Artículo 39. Reincidencia.
A los efectos de la presente ley, existirá reincidencia cuando las personas físicas o jurídicas responsables de las infracciones cometieran, en el término de dos años, más de una infracción de la misma naturaleza y así haya sido declarado por resolución firme.