Ley 2/2012 Art. 10
CAPÍTULO III
Artículo 10. Líneas de apoyo y crédito.
1. La ejecución de las medidas adoptadas en la presente ley se realizará con cargo a las líneas presupuestarias que se recogen en su anexo para el ejercicio 2012.
2. La Administración autonómica promoverá acuerdos periódicos con las distintas entidades financieras privadas e instituciones de ámbito estatal o europeo con el fin de facilitar el acceso al crédito a los emprendedores. Asimismo, se establecerán líneas de apoyo específicas en entidades y sociedades participadas por la Administración de la Generalitat.