Ley 4/2012 Art. 36
TÍTULO III
Artículo 36. Impuesto sobre el Patrimonio.
Los derechos contemplados en el título II, cualquiera que sea su naturaleza, se valorarán, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10.3.b) de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, por su precio de adquisición.