Bibliothèque juridique et analyse de dossiers · Autriche · Belgique · Union européenne
LAWxPERT Connexion Compte gratuit

Real Decreto 506/2013 · Real Decreto 506/2013, de 28 de junio, sobre productos fertilizantes.

Real Decreto 506/2013 Art. 13

CAPÍTULO III

En vigueurTexte officiel

Artículo 13. Márgenes de tolerancia.

1. Los márgenes de tolerancia están destinados a tener en cuenta las diferencias admisibles a que se refiere el artículo 2.33, tanto en la fabricación como en la toma de muestras y en el análisis, considerando que ya se encuentra incluida la incertidumbre del laboratorio.

2. El contenido y otros requisitos y características de los productos fertilizantes deberán cumplir los márgenes de tolerancia que se establecen en el anexo III.

3. El fabricante no podrá beneficiarse sistemáticamente de los márgenes de tolerancia.

4. No se admitirá tolerancia alguna en lo que se refiere a los contenidos mínimos o máximos ni a los requisitos y características, especificados para los tipos de fertilizantes del anexo I.