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Ley 6/2014 · Ley 6/2014, de 12 de septiembre, de Industria de Castilla y León.

Ley 6/2014 Art. 49

TÍTULO VI

En vigueurTexte officiel

Artículo 49. Procedimiento.

1. El plazo para resolver el procedimiento sancionador será de seis meses, a contar desde la fecha de su iniciación.

2. El órgano competente para iniciar, mediante acuerdo motivado, podrá adoptar medidas de carácter provisional que aseguren la eficacia de la resolución final que pudiera recaer.