Ley 20/2017 · Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas.
Ley 20/2017 Art. 26
CAPÍTULO V
Artículo 26.5-1 Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de esta tasa, la prestación por el órgano competente en materia forestal de la Conselleria con competencia en medio ambiente, de los siguientes servicios administrativos: deslinde de vía pecuaria, replanteo de vía pecuaria, deslinde de monte de utilidad pública y replanteo de monte de utilidad pública.