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Real Decreto 531/2023 · Real Decreto 531/2023, de 20 de junio, por el que se aprueban los Estatutos del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas.

Real Decreto 531/2023 Art. 21

Subsección 1

En vigueurTexte officiel

Artículo 21. Competencias.

1. La persona titular de la Presidencia ostenta la representación legal del Consejo General y ejerce las siguientes funciones:

a) Asumir en todo momento la representación unitaria de la profesión en los ámbitos estatal e internacional.

b) Convocar, presidir y ordenar las sesiones del Pleno, de la Comisión Permanente y del Comité Ejecutivo del Consejo General.

c) Velar por el debido cumplimiento de los acuerdos.

d) Adoptar las decisiones urgentes o de carácter excepcional que se requieran, dando cuenta de lo actuado de forma inmediata al siguiente Pleno o, en su defecto, a la primera Comisión Permanente que se celebre.

e) Ordenar los pagos.

f) Conformar con su visto bueno las actas y certificaciones extendidas por el Secretario General.

g) Ejercer la superior inspección de todos los servicios y dependencias del Consejo.

h) Cuanta otra le encomiende el Pleno del Consejo General.