Decreto Legislativo 1/2004 Art. 2
T610
Artículo 2. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que soliciten las autorizaciones o sean titulares de las actividades o instalaciones objeto de control o inspección.
Historique des modifications
- Vigente desde 2005-01-01