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Decreto-Legislativo 1/2000 · Decreto-Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias.

Decreto-Legislativo 1/2000 Art. 33

Sección 3

Van krachtOfficiële tekst

Artículo 33. Plan general de ordenación. Instrumentación.

El plan general de ordenación se estructura en dos documentos:

a) Plan básico de ordenación municipal, que contendrá la ordenación estructural del municipio.

b) Plan de ordenación pormenorizada, que contendrá la ordenación pormenorizada no remitida a planeamiento de desarrollo, así como las determinaciones de gestión.

Dicho plan deberá ser actualizado al menos cada cuatro años. La actualización podrá limitar su contenido a la organización de la gestión y la programación de la ejecución pública, sin que en ningún caso pueda alterar las determinaciones de ordenación estructural del plan básico de ordenación municipal.

Wijzigingsgeschiedenis
  • Vigente desde 2015-01-25