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Decreto 2177/1967 · Decreto 2177/1967, de 22 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre Cobertura de Riesgos Nucleares.

Decreto 2177/1967 Art. 18

Sección 2

Van krachtOfficiële tekst

Art. 18.

El límite de la responsabilidad señalado en el artículo 16 se entenderá elevado automáticamente a la cuantía que señalen los Convenios internacionales suscritos por España desde el momento del canje del instrumento de ratificación o del depósito del de adhesión en su caso por accidentes ocurridos en territorio nacional.

También se considerará modificado este límite en el caso de tránsito de sustancias nucleares por el territorio nacional cuando el responsable extranjero perteneciere a un país cuya legislación señalase para los explotadores españoles mayor responsabilidad, salvo lo dispuesto en Convenios internacionales suscritos y ratificados por España.