Ley 2/1987 · Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.
Ley 2/1987 Art. 70
CAPÍTULO I
Artículo 70.
1. Aprobada la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias y dentro del primer trimestre del año, se publicará la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad, en la que se relacionarán todas las vacantes tanto de funcionarios como de personal laboral, presupuestariamente dotadas, que no puedan ser cubiertas por los efectivos de personal existente en la Administración de la Comunidad Autónoma.
2. Las plazas ofertadas habrán de mantenerse en la relación de puestos de trabajo hasta que se resuelva la oportuna convocatoria.
3. La publicación de la oferta obliga a la convocatoria de las pruebas selectivas de acceso para las plazas vacantes comprometidas en la misma.
4. Excepcionalmente, cuando necesidades de los servicios lo requieran, se podrán realizar ofertas públicas adicionales de empleo.
Wijzigingsgeschiedenis
- Vigente desde 1994-01-01