Ley 5/1997 · Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia.
Ley 5/1997 Art. 175
CAPÍTULO I
Artículo 175.
La transferencia o delegación de competencias de la Comunidad Autónoma en las Entidades Locales, así como la encomienda de gestión, tendrán que ser previamente aceptadas por éstas.