Ley 25/1998 Art. 3
CAPÍTULO I
Artículo 3. Modificación de la Ley 16/1991, de 10 de julio, de las policías locales.
1. Se añade un apartado 2 al artículo 48 de la Ley 16/1991, de 10 de julio, de policías locales, con el siguiente texto:
2. Se modifica la letra b) del artículo 48, que queda redactada del siguiente modo:
3. Se modifica la letra d) del artículo 98, que queda redactada del siguiente modo:
4. Se añade un apartado p) al artículo 49 de la Ley 16/1991, de 10 de julio, de policías locales, con el siguiente contenido: