Ley 15/1999 · Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía.
Ley 15/1999 Art. 91
Sección 1
Artículo 91. Naturaleza.
1. Las Cajas de Ahorros con domicilio social en Andalucía se agruparán en la Federación de Cajas de Ahorros de Andalucía, que tendrá personalidad jurídica propia y plena capacidad para el desarrollo de las actividades dirigidas al cumplimiento de sus fines.
2. La Federación de Cajas de Ahorros de Andalucía tendrá su domicilio social en Andalucía.