Ley 8/2001 Art. 13
TÍTULO III
Artículo 13. Actualización y modificación del Plan Territorial de Despliegue de Red.
Los operadores deberán comunicar cualquier modificación al contenido del Plan presentado, solicitando, en su caso, a la Comisión de Redes de Radiocomunicación, su actualización y correspondiente aprobación para poder proceder a hacer efectivos dichos cambios.