Ley 10/2002 · Ley 10/2002, de 3 de mayo, de Creación de la Comarca del Bajo Aragón
Ley 10/2002 Art. 2
CAPÍTULO I
Artículo 2. Capitalidad.
1. La Comarca del Bajo Aragón tiene su capitalidad en el municipio de Alcañiz donde tendrán su sede oficial los órganos de gobierno de la misma.
2. Sin perjuicio de lo anterior, los servicios que preste la comarca podrán establecerse en cualquier lugar dentro de los límites del territorio comarcal.