Real Decreto 1482/2001 Art. 116
CAPÍTULO II
Artículo 116. Validez de los acuerdos.
Los acuerdos válidamente adoptados por el Consejo General obligarán a los Colegios y, a través de los mismos, a todos los colegiados.
Los adoptados por los Colegios, a sus colegiados respectivos.
Todo ello, sin perjuicio de los recursos establecidos en este título y que legalmente procedan.