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Ley 4/2002 · Ley 4/2002, de 1 de julio, de Cooperación para el Desarrollo.

Ley 4/2002 Art. 29

CAPÍTULO V

Van krachtOfficiële tekst

Artículo 29. Registro de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) de La Rioja.

Se crea el Registro de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) de La Rioja en el cual se pueden inscribir todas las Entidades definidas en el artículo anterior, que tengan sede social o delegación permanente en La Rioja. Este Registro tiene carácter público y reglamentariamente se determinará su funcionamiento.