Real Decreto 1138/2002 Art. 2
CAPÍTULO I
Artículo 2. Creación y supresión.
1. La creación o supresión de una Consejería de Educación se realizará por Real Decreto, a iniciativa conjunta de los Ministros de Educación, Cultura y Deporte y de Asuntos Exteriores y a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas.
2. El Ministro de Asuntos Exteriores, a propuesta del de Educación, Cultura y Deporte, podrá acreditar a los Consejeros de Educación para el desempeño de sus funciones en otros Estados, en régimen de acreditación multilateral.