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Ley 2/2002 · Ley 2/2002, de 17 de abril, de Salud.

Ley 2/2002 Art. 91

CAPÍTULO VI

Van krachtOfficiële tekst

Artículo 91. El Gerente del Servicio Riojano de Salud.

1. El Gerente asume las funciones de gestión del Servicio Riojano de Salud de acuerdo con lo dispuesto en esta Ley y con lo que se establezca reglamentariamente.

2. El Gerente es nombrado y cesado libremente por el Consejo de Gobierno de La Rioja, a propuesta del Consejero competente en materia de salud, y oído previamente el Consejo de Administración.

Wijzigingsgeschiedenis
  • Vigente desde 2005-02-12