Ley 22/2003 · Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.
Ley 22/2003 Art. 48
CAPÍTULO I
Artículo 48 quáter. Efectos de la declaración de concurso sobre las acciones contra los administradores de la sociedad deudora.
Declarado el concurso, corresponderá exclusivamente a la administración concursal el ejercicio de las acciones de responsabilidad de la persona jurídica concursada contra sus administradores, auditores o liquidadores.