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Ley Foral 16/2005 · Ley Foral 16/2005, de 5 de diciembre, de ordenación vitivinícola.

Ley Foral 16/2005 Art. 3

TÍTULO I

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Artículo 3. Indicaciones relativas a las características de los vinos.

1. Los vinos de mesa con derecho a la mención tradicional «vino de la tierra» podrán utilizar las siguientes indicaciones relativas a las categorías de envejecimiento: «Noble», «Añejo» y «Viejo».

2. Son indicaciones propias de los vinos tranquilos de calidad producidos en regiones determinadas: «Crianza», «Reserva», «Gran reserva».