Ley 16/2007 · Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.
Ley 16/2007 Art. 13
CAPÍTULO I
Artículo 13. Gestión de la investigación.
1. La relación de la Administración de la Junta de Andalucía con los agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento estará basada preferentemente en el modelo de gestión por proyectos.
2. Las actuaciones de los agentes del conocimiento del sector público andaluz se regirán por un enfoque de proyectos.
3. Reglamentariamente se regularán los requisitos y procedimientos aplicables a los proyectos de investigación.