Ley 5/2008 Art. 13
CAPÍTULO 4
Artículo 13. Currículos educativos.
Los contenidos curriculares deben aplicar el principio de coeducación en todos los niveles de la enseñanza, en los términos que se establezcan por reglamento.
CAPÍTULO 4
Artículo 13. Currículos educativos.
Los contenidos curriculares deben aplicar el principio de coeducación en todos los niveles de la enseñanza, en los términos que se establezcan por reglamento.