Orden ITC/3353/2010 Art. 4
Artículo 4. Previsión de los costes servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad para 2011.
Se prevé una partida de 522.000 Miles de euros destinada al servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad para los consumidores que adquieren su energía en el mercado de producción regulado en la Orden ITC/2370/2007, de 26 de julio, por la que se regula el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad para los consumidores que adquieren su energía en el mercado de producción.