Ley 6/2009 Art. 16
Sección
Artículo 16. Designación.
El gerente del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Región de Murcia se designará entre funcionarios de carrera que pertenezcan a cuerpos y escalas para cuyo ingreso se exija estar en posesión del título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente, tendrá el máximo nivel administrativo y su provisión se ajustará al régimen general de provisión de puestos de trabajo del personal al servicio de la Administración regional.