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Ley 6/2012 · Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia.

Ley 6/2012 Art. 36

CAPÍTULO III

Van krachtOfficiële tekst

Artículo 36. De la colaboración de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con la Administración local.

1. La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de juventud facilitará apoyo jurídico, económico y técnico a los municipios de Galicia en el desarrollo de sus programas y servicios a la juventud, y en el marco del Plan estratégico de juventud de Galicia.

2. La asistencia a los municipios prestará una especial atención a la constitución de los consejos locales de juventud, así como a la elaboración de la planificación estratégica local en materia de juventud.