Ley 2/2012 Art. 16
CAPÍTULO V
Artículo 16. Fomento del emprendimiento en el ámbito de la educación primaria, secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional.
La conselleria competente en materia de educación impulsará la introducción de la cultura del emprendimiento como generadora de riqueza para la sociedad, la iniciativa ética y responsabilidad social empresarial, la creatividad, la innovación, el liderazgo, la cultura del esfuerzo y el trabajo en equipo, en todas las etapas educativas no universitarias. A tal fin, se fomentará la vinculación entre el mundo empresarial y dichas etapas educativas, impulsando, entre otras iniciativas, la creación de módulos prácticos y teóricos de creación de empresas y, en general, vinculados a la empleabilidad.