Real Decreto 127/2013 Art. 21
CAPÍTULO IV
Artículo 21. Naturaleza.
La Junta Rectora, es el órgano superior de gobierno del Colegio, presidido por el Decano-Presidente, que agrupa a la Junta de Gobierno y a los Decanos Territoriales, para un mejor conocimiento de las cuestiones profesionales, así como un mayor acierto en la toma de decisiones, únicamente subordinado a las Asambleas Generales, cuyos acuerdos ejecutará.