Ley 11/2014 · Ley 11/2014, de 9 de diciembre, de accesibilidad universal de Extremadura.
Ley 11/2014 Art. 21
TÍTULO VII
Artículo 21. Visado de los proyectos técnicos.
Los colegios profesionales que tengan atribuidas competencias en el visado de los proyectos u otros documentos técnicos necesarios para la obtención de licencias, no concederán dicho visado si los proyectos comportaran alguna infracción contenida en la presente ley.