Real Decreto 418/2015 Art. 13
Artículo 13. Régimen sancionador.
El incumplimiento de lo dispuesto en este real decreto se sancionará de conformidad con lo establecido en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, y el título V de la Ley 12/2013, de 2 de agosto, sin perjuicio de la aplicación de las normas dictadas por las comunidades autónomas en el ejercicio de sus competencias.