Real Decreto 634/2015 Art. 49
CAPÍTULO III
Artículo 49. Contenido de la comunicación.
La comunicación deberá contener:
a) Identificación de las entidades participantes en la operación y descripción de la misma.
b) Copia de la escritura pública o documento equivalente que corresponda a la operación.
c) En el caso de que las operaciones se hubieran realizado mediante una oferta pública de adquisición de acciones, también deberá aportarse copia del correspondiente folleto informativo.
d) Indicación, en su caso, de la no aplicación del régimen fiscal especial del capítulo VII del título VII de la Ley del Impuesto.