Ley 4/2016 Art. 4
CAPÍTULO I
Artículo 4. Ejercicio de funciones de asistencia jurídica.
El ejercicio de las funciones de asistencia jurídica de competencia de la Asesoría Jurídica General corresponde al personal funcionario perteneciente a la escala de letrados de la Xunta de Galicia dependientes de ella.