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Real Decreto 310/2016 · Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato.

Real Decreto 310/2016 Art. 6

CAPÍTULO I

Van krachtOfficiële tekst

Artículo 6. Convocatorias y calendario escolar.

1. Anualmente se celebrarán dos convocatorias en cada Administración educativa: una ordinaria y otra extraordinaria. El Ministerio de Educación Cultura y Deporte fijará cada año los plazos máximos para la resolución de cada una de las convocatorias, que comprenderán, en todo caso, un periodo único para la convocatoria ordinaria y dos, alternativos entre sí, para la convocatoria extraordinaria, debiendo cada Administración educativa optar por el que mejor se adecúe a la planificación académica establecida para su ámbito territorial.

El alumnado que lo desee podrá realizar la evaluación final de etapa por cualquiera de las diferentes opciones de la Educación Secundaria Obligatoria o modalidades del Bachillerato, o por más de una de ellas, en la misma convocatoria.

2. Los días dedicados a las evaluaciones finales de etapa, tanto en la convocatoria ordinaria como en la extraordinaria, se incluirán en el cómputo anual de días lectivos del calendario escolar.