Real Decreto 900/2017 Art. 2
TÍTULO I
Artículo 2. Ámbito.
1. Los fines y atribuciones del Consejo General de Economistas de España contenidos en estos Estatutos se entenderán referidos a los ámbitos estatal, europeo e internacional.
2. La organización colegial de los economistas estará formada por el Consejo General de Economistas de España, los Consejos Autonómicos de los Colegios y los Colegios territoriales.