Ley 2/2020 Art. 24
CAPÍTULO V
Artículo 24. Procedimiento.
El procedimiento aplicable para el ejercicio de la potestad sancionadora regulada en la presente ley será el dispuesto en la normativa que regula el procedimiento sancionador general.
CAPÍTULO V
Artículo 24. Procedimiento.
El procedimiento aplicable para el ejercicio de la potestad sancionadora regulada en la presente ley será el dispuesto en la normativa que regula el procedimiento sancionador general.