Ley Foral 5/2021 Art. 13
Artículo 13. Colaboración institucional.
1. El Instituto de Estadística de Navarra podrá dirigirse a todo tipo de entidades u organizaciones, si lo considera de interés, a los efectos de gestión de los objetivos establecidos en el Plan de Estadística de Navarra 2021-2024.
2. El Gobierno de Navarra, a través del Instituto de Estadística de Navarra, podrá suscribir acuerdos de colaboración con entidades locales, autonómicas, estatales e internacionales con el fin de mejorar las estadísticas obtenidas en la Comunidad Foral, de tal forma que mejoren en representatividad y permitan explotaciones referidas a Navarra más completas. Los acuerdos se suscribirán en todo caso a través del Instituto de Estadística de Navarra.