Real Decreto 381/2024 Art. 21
CAPÍTULO II
Artículo 21. Composición del Consejo General.
1. El Consejo General, presidido por los principios de democracia y autonomía, está constituido por órganos colegiados y órganos unipersonales.
2. Son órganos colegiados del Consejo General:
a) La Asamblea General.
b) El Comité Ejecutivo.
3. Los órganos unipersonales del Consejo General, que en conjunto constituyen el Comité Ejecutivo, son:
a) La Presidencia.
b) La Vicepresidencia primera.
c) La Vicepresidencia segunda.
d) La Secretaría.
e) La Vicesecretaría.
f) La Tesorería.
g) El Interventor de Cuentas.