Decreto Foral Legislativo 150/2002 Art. 2
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Esta Ley Foral será de aplicación a las explotaciones agrarias radicadas mayoritariamente en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Esta Ley Foral será de aplicación a las explotaciones agrarias radicadas mayoritariamente en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.