Decreto Legislativo 5/2000 ст. 6
ANEXO
Artículo 6. Funciones del Consejo Rector.
Corresponde al Consejo Rector:
a) Aprobar las líneas de investigación tecnológica, programas de acción y objetivos prioritarios del Instituto, en orden al cumplimiento de sus fines.
b) Realizar cuantas acciones sean precisas para el desarrollo de las actividades y cumplimiento de los fines del Instituto Tecnológico de Aragón.
c) Aprobar el anteproyecto de presupuesto y las cuentas anuales del Instituto para su remisión al Departamento de Economía, Hacienda y Empleo.
d) Aprobar la memoria anual de actividades.
e) Aprobar, previo conocimiento del Consejo de Gobierno, la participación del Instituto Tecnológico de Aragón en sociedades mercantiles, agrupaciones de interés económico, consorcios y otros entes jurídicos cuyo objeto social sea similar al del Instituto.