Decreto-Legislativo 1/2000 ст. 239
CAPÍTULO IV
Artículo 239. Naturaleza de los convenios.
Los convenios regulados en este Capítulo tendrán a todos los efectos carácter jurídico administrativo.
CAPÍTULO IV
Artículo 239. Naturaleza de los convenios.
Los convenios regulados en este Capítulo tendrán a todos los efectos carácter jurídico administrativo.