Decreto-Legislativo 1/2012 ст. 62
Sección 3
Artículo 62. De las administraciones competentes.
Las administraciones públicas con competencias en materia de ferias interiores son las siguientes:
a) La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.
b) Los cabildos insulares.
c) Los ayuntamientos.