Instrumento de Adhesión de España a la Convención sobre el E ст. 5
CAPÍTULO I
Artículo 5. Derechos otorgados independientemente de esta Convención.
Ninguna disposición de esta Convención podrá interpretarse en menoscabo de cualesquiera otros derechos y beneficios independientemente de esta Convención otorgados por los Estados Contratantes a los refugiados.