Real Decreto 3991/1982 ст. 2
Art. 2.º
La Comisión Mixta estará compuesta paritariamente por ocho Vocales designados por el Gobierno y otros ocho por la Diputación General de Aragón y será presidida por el Ministro de Administración Territorial y por un representante expresamente designado por la Diputación General. El primero actuará como Presidente y el segundo como Vicepresidente y ejercerán las funciones inherentes a dichos cargos.
Tanto el Presidente como el Vicepresidente y los Vocales podrán ser sustituidos en cualquier momento por los órganos que los hayan designado, comunicándolo oficialmente a la propia Comisión.