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Real Decreto 383/1984 · Real Decreto 383/1984, de 1 de febrero, por el que se establece y regula el sistema especial de prestaciones sociales y económicas previsto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos.

Real Decreto 383/1984 ст. 21

Sección 5

ДействуетОфициальный текст

Artículo 21. Beneficiarios.

1. Tendrán derecho al subsidio de garantía de ingresos mínimos las personas que reúnan, además de las condiciones establecidas en los apartados b), c) y d) del artículo 2.º, las siguientes:

a) Ser mayores de dieciocho años.

b) Hallarse afectadas por una minusvalía en grado igual o superior al 65 por 100.

c) Verse imposibilitadas de obtener un empleo adecuado a causa del grado de minusvalía a que se refiere el apartado anterior.

2. A los efectos previstos en el apartado c) del número anterior, se entenderá por empleo adecuado todo trabajo retribuido, bien se desarrolle en Empresas, en Centros de carácter ordinario o en Centros especiales de empleo para minusválidos, y toda actividad laboral desarrollada en régimen de trabajador autónomo que resulte acorde con la edad, aptitudes y, en su caso, empleo precedente del minusválido.