Ley 1/1998 · Ley 1/1998, de 20 de abril, de los Derechos y la Atención al Menor.
Ley 1/1998 ст. 39
Sección 4
Artículo 39. Menores toxicómanos.
El acogimiento residencial de los menores toxicómanos sujetos a amparo tendrá lugar en centros específicos, en los que se garantizarán la asistencia y tratamiento específico que demande su situación.