Ley 1/1999 ст. 21
CAPÍTULO IV
Artículo 21. De los principios inspiradores.
La atención a los drogodependientes en nuestra Comunidad Autónoma se regirá en los principios inspiradores de la Ley General de Sanidad y en el desarrollo legislativo de Atención Primaria, Plan de Salud de la Junta de Extremadura y Ley de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma.