Ley 8/1998 · Ley 8/1998, de 17 de diciembre, de Carreteras de Aragón.
Ley 8/1998 ст. 2
TÍTULO I
Artículo 2. Ámbito de aplicación de la Ley.
La Diputación General de Aragón, las Diputaciones Provinciales, los municipios y, en su caso, las comarcas de Aragón aplicarán esta Ley a las carreteras de su respectiva titularidad.