Ley 15/1999 · Ley 15/1999, de 16 de diciembre, de Cajas de Ahorros de Andalucía.
Ley 15/1999 ст. 86
CAPÍTULO IV
Artículo 86. Comisión Electoral.
La Comisión de Control se constituirá en Comisión Electoral y velará por la transparencia de los procesos de elección y designación de los miembros de los órganos de gobierno.
De la Comisión Electoral formará parte una persona en representación de la consejería competente para la regulación y control de las Cajas de Ahorros, nombrada por la persona titular de la misma, que asistirá a las reuniones de la Comisión con voz pero sin voto, estando obligada a guardar secreto sobre la información que conozca por razón de su cargo, salvo en sus relaciones con la consejería que la nombra.
A dicho representante se le exigirán los requisitos señalados en el artículo 43.1 de esta Ley, si bien no se encontrará sometida a las causas de incompatibilidad establecidas en las letras h) e i) del artículo 44.1. Asimismo, no estará sujeta a plazo alguno en el ejercicio del cargo, pudiendo ser cesada libremente por quien la nombró.
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